Terreno en venta Santa Maria Del Paramo, León Provincia
310.000 €
6m2
Terreno en venta Santa Maria Del Paramo, León Provincia
Terreno en venta en Santa María del Páramo
310.000 €
6m2
Santa Maria del Paramo, León
VENTA DE TERRENO EN SANTA MARIA DEL PARAMO!! .-
SE VENDE PARCELA COMPLETA. El Uso básico predominante: Vivienda unifamiliar o plurifamiliar. Usos básicos compatibles y condiciones de compatibilidad: De forma general, son compatibles todos los usos básicos siempre que no exista ninguna disposición sectorial que establezca lo contrario.
NORMAS URBANÍSTICAS MUNICIPALES DE SANTA MARÍA DEL PÁRAMO. NORMATIVA REGULADORA. TEXTO REFUNDIDO Artículo 140.... Parámetros de ocupación y volumen:
Número de plantas y altura máxima: 1. Como norma general: B+1, 7,50 m.
2. En caso de inmuebles catalogados, su ficha puede establecer una altura diferente. Altura máxima de las edificaciones en los patios de parcela: La altura máxima para las edificaciones en el patio de parcela, situadas más allá del fondo que ocupa la edificación principal y de forma contigua a la misma, es de 4,5 metros al punto más elevado de la cubierta y una altura libre interior máxima de 3,80 m, incluso para las naves que ocupen la planta baja sobre toda la parcela. Las edificaciones en los patios de parcela que no dan continuidad al uso de la planta baja, situándose de forma discontinua a la edificación principal, únicamente pueden desarrollarse en planta baja pudiendo hasta una altura máxima de cornisa de 3,5 metros. Las condiciones de altura de cubierta para este último caso se remiten a las condiciones generales ya definidas. Fondo máximo de la edificación: 1. No se regula en planta baja. Para el resto de las plantas se fija un fondo máximo de 13,00 metros.
2. En el caso de parcelas existentes antes de la aprobación inicial de las NUM con fachada inferior a 6,00 m no se fija fondo máximo. Ocupación máxima de la parcela: 100% Alineación y posición de la edificación: 1. La edificación se dispondrá alineada a vial. Se permiten retranqueos, entendiendo como tales los desplazamientos de la fachada de la edificación hacia el interior de la parcela La edificación debe adosarse a ambos lados, cuando tenga un frente a viario inferior a 12 m. Cuando la edificación se retranquee respecto de la alineación oficial es obligatorio construir un cerramiento en la alineación. La edificación podrá ser aislada cuando el frente sea superior o igual a 15 m. La vivienda puede presentar fachada a patio de manzana, considerando como tal aquel que ocupe todo el ancho de parcela y un mínimo de 6 m de fondo, que no pueden ocuparse por edificaciones auxiliares en planta ni en volumen por vuelo de plantas superiores. Así mismo debe cumplirse lo establecido en el CTE.
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