Quién paga el IBI el primer año tras la compraventa

¡Ya la hemos liado! Con lo bien que iba todo lo de la compra de un inmueble y ahora nos hemos vuelto a enredar en el tema de los impuestos. Porque sí. Otra cosa no, pero tributos va a haber que hacer frente a una barbaridad cuando adquirimos una vivienda. Por lo cual, una pregunta muy habitual que puede surgir durante este proceso es: ¿quién demonios paga el IBI? Hoy te lo contamos. Ya verás como no es complicado.

El IBI en el contrato de compraventa

Quién paga el IBI en una compraventa

Que no cunda el pánico. De peores situaciones hemos salido. Dentro de lo que cabe, el IBI es uno de esos tributos con los que se puede conversar después de invitarle a una cerveza. Se deja tratar y comprender con facilidad y eso hay que valorárselo.

Pero bueno, que aquí no hemos venido a llevar a nadie al baile de primavera del instituto. Por desgracia, si nos estamos enfrentando a la compraventa de un inmueble, lo conocerás. Habrá pasado ya mucho tiempo desde la última vez que pisamos las aulas de una escuela. Así que mejor que nos centremos en qué es lo que establece la norma.

La ley establece que el sujeto pasivo del IBI es aquella persona que aparezca como propietaria del mismo el 1 de enero de cada año. Esto es, que si tú en dicha fecha estás inscrito en el Registro de la Propiedad como el propietario del inmueble, serás aquel que tenga que pagar.

Pero claro, imagina que tú no has comprado el inmueble a principios de año, sino que lo has adquirido, por ejemplo, el 13 de junio. ¿Qué sucede en esta ocasión? ¿No sería una situación algo injusta para el vendedor que ya ha hecho frente a todo el pago del período impositivo actual?

Elemental, querido lector. Por ello la norma jurídica permite que el vendedor le exija al comprador la parte proporcional del pago que tuvieron que realizar a 1 de enero.

¿Te queda alguna duda sobre el IBI?

Estamos encantados de resolverte cualquier tipo de duda. Por ello, si te has quedado con alguna pregunta relativa al IBI, te pedimos por favor que la formules en los comentarios. Te responderemos con la mayor celeridad posible.

41 thoughts on “Quién paga el IBI el primer año tras la compraventa

  1. Elsa dice:

    Buenas noches!!! El comprador se niega a pagar la parte proporcional del IBI. Cómo puedo obligarlo? Este señor compró la casa el 21 de febrero. Yo debería de pagar 2 meses y el 10 pero se niega. Qué solución hay?

    1. Carmelo Ángel Beltrán Martínez dice:

      Buenos días, Elsa:

      En estos casos lo mejor es denunciar. Si no quiere pagar y tiene la obligación, es la única manera en la que lo va a poder hacer.

      ¡Un saludo!

    2. alfonso dice:

      Si te dicen que el propietario que refleje en el registro de la propiedad a 1 de Enero es el que se hace cargo del pago del IBI, no puedes obligarlo mas que ceder y abonarlo, segun ley es asi, se puede negar aun habiendo comprado la vivienda el 2 de Enero.

  2. Gema dice:

    Hola buenas noches, yo compre una vivienda el 9 de febrero del 2018 y me dice ahora el vendedor que tengo que pagarle el ibi de ese año. Nosotros no quedamos en nada y en la escritura pone que el recibo del ibi esta al corriente. Debo asumir ese ibi? Y en el caso que tenga que abonarlo, no puedo pagarlo de golpe, se podría pagar poco a poco ya que me lo reclama el vendedor porque el recibo estaba a su nombre y ya está abondado. Gracias!

    1. Carmelo Ángel Beltrán Martínez dice:

      Buenos días, Gema:

      A ti, como nueva compradora, te corresponde el pago del 9 de febrero hasta el 31 de diciembre, según la Ley. Si no se ha establecido nada en el contrato, esa es la norma que opera.

      En cuanto al pago, eso corresponde a Hacienda. Deberías hablar con ella para orientar la situación.

      Si podemos ayudarte en cualquier cosa más, coméntanoslo.

  3. Bernar dice:

    Hola.
    Compre una vivienda nueva en marzo 2018. E hicimos la inscripciòn el el registro. Pero aun no habian hecho la division hirizontal.
    Se ha hecho este año y el cambio de titular en el catastro en octubre.
    Es decir al 1 de enero no figuro como titular.en el catastro.
    ¿Quien paga este año el IBI?
    Gracias

    1. Carmelo Ángel Beltrán Martínez dice:

      Buenos días, Bernar:

      Se divide de manera proporcional. Tú pagarás la parte correspondiente a partir del día de octubre en el que fueras el titular.

      Un saludo.

      1. marisa dice:

        En base a que artículo de la Ley de haciendas locales, se divide de forma proporcional? Porque yo no lo encuentro en ninguno.

        1. Carmelo Ángel Beltrán Martínez dice:

          Buenos días, Marisa:

          No se encuentra en dicha ley, sino que forma parte de los principios jurídicos que rigen las normas tributarias en sí. Los impuestos solo pueden gravar la parte que corresponda a cada persona, o en caso contrario serían confiscatorios e inconstitucionales.

  4. eva dice:

    Buenas tardes,
    Estoy interesada en la compra de una vivienda. La firma de compraventa aun no está precisada. Probablemente se firme en mayo ya que a día de hoy hay inquilinos en la vivienda a adquirir. El impuesto del IBI le corresponde al propietario o se debe dividir la factura? En el segundo caso, a partir de que mes debería yo como compradora pagar ese impuesto, a partir de mayo cuando se realiza la firma de compraventa o desde que se registra la vivienda en el registro? Muchas gracias.

    1. Carmelo Ángel Beltrán Martínez dice:

      Buenos días, Eva:

      Como tú dices, habría que repartir el pago. Se haría de manera proporcional.

      Cuando la vivienda se inscriba en el Registro estará presenta la fecha de la compraventa. Por ende, se utilizará esta.

      ¡Un saludo y felicidades por tu nuevo hogar!

  5. Eve dice:

    Hola soy eve ,
    Yo me he comprado un piso el día 11 de febrero , y en el ayuntamiento me comentan que el Ibiza le corresponde al dueño anterior .
    Yo sigo en duda de aquien le toca pagar .

    1. Carmelo Ángel Beltrán Martínez dice:

      Buenos días, Eve:

      Será proporcional.

      Este 2020, el anterior dueño pagará desde el 1 de enero hasta el 10 de febrero y tú el resto.

      ¡Un saludo!

      1. Juan Francisco Merino dice:

        Buenas noches.
        Casualmente he vito este post. A mii entender, discrepo sobre la proporcionalidad en en pago del IBI al posterior comprador.
        El IBI siempre corresponde al que se el titular del inmueble al inicio del año, que es el sujeto pasivo, y no tiene porque pagar la parte proporcional el posterior comprador.

        Es más la cláusula por la que el promotor de vivienda estipule el abono proporcional del comprador «consumidor» sería considerada abusiva, y por tanto. una vez declara se tendrá por no puesta. .Se regulan en el art. 89. 3. c, del TRLGCU “c) La estipulación que imponga al consumidor el pago de tributos en los que el sujeto pasivo es el empresario”.

        Un cordial saludo.

    2. Isabel dice:

      Hola, compré una vivienda el 30 de junio de este año. Y ahora el antiguo dueño me reclama el 50% de Ibi. Fui a la gestora donde firmamos la compra de la casa y me dijeron que no me pertenecía, que solo debía pagar en el caso de que hubiéramos hecho un contrato que lo hubiéramos acordado. La cosa que el hombre sigue reclamado . Ya no se, si me corresponde pagar el 50% o la parte proporcional, si me pudierais decir si me corresponde y cuantos meses sería la parte proporcional. Gracias.

  6. Jerónimo dice:

    Muchas gracias por vuestro tiempo, muy buen artículo, pero mi problema es distinto y no encuentro respuesta en ningún otro portal, me preguntaba si vosotros podríais decirme algo al respecto, os cuento: quiero realizar la compra de una vivienda rural, posee contador eléctrico y tiene al menos una factura que pagar, el agua es de pozo y no hay problema, pero la propietaria nos dice que nunca ha pagado IBI ni se lo han demandado desde que realizó la construcción hace más de 20 años, ¿cómo puedo solucionar esto? ¿cómo puedo dejarla totalmente legalizada cuando yo vaya a entrar y qué le supone a la propietaria esta situación? Gracias de antemano, un saludo.

  7. Jesús dice:

    Buenas tardes. He comprado un piso de nueva construcción a través de una promotora, no tenemos aun nota simple y con el estado de alarma la entrega y firma se ha retrasado. Desde la promotora nos piden: Transferencia en concepto de provisión del pago de la parte proporcional del IBI del ejercicio 2020 por importe de 500 €. La entrega definitiva y firma será en mayo 2020. ¿No es muy abusivo esos 500€ por un año? Le hablo de Mairena del Aljarafe, Sevilla, 97m2. ¿No deberían decirnos que parte proporcional nos corresponde a los compradores? Muchas gracias!

    1. Sonia dice:

      Estoy en la misma situación, Jesús. Finalmente como se resolvió tu caso? Mucha gracias

  8. María jose dice:

    Vendí mi piso el 8 de Enero 2020, en escritura consta que el Ibi está al corriente, ahora , en Junio de 2020 me pasan el primer pago de este año, debo pagar yo el Ibi o se lo tengo que reclamar al comprador? Y si es así, es posible que se niegue, devuelvo el recibo?? Muchas gracias

    1. Fatima dice:

      Hola buenas como te fue tubiste que paga el IBI tu sola o con la compradora esque me interesa estoy en tu misma situacion por fiss

  9. Alejandro dice:

    Hola buenas, mi caso es algo más complicado. Compre mi piso en junio 2008 a una promotora que quebró en 2015 según el R.mercantil, y ahora en septiembre 2020 me reclaman el pago del ibi del 2008. Esto no está prescrito? Para colmo me entero que han intentado notificar a la promotora para el pago, la última vez, en 2017!!! No se si con intención de activar eso que llaman derivación de la responsabilidad de la deuda.

  10. Hola, buenas noches : Compré una vivienda libre de cargas en 2010 y ahora el ayuntamiento de Orpesa de mar me pide el IBI del 2009 porque dice que el anterior dueño está desaparecido, pero no es cierto porque yo lo compré a bancaja, hoy bankia, ¿quién tiene que pagar el ibi, bankia o yo? Gracias por su ayuda?

  11. jokin dice:

    yo vendi un piso el 21/01/2020 que parte pagaría yo, y cual el comprador?

  12. Montse Massip dice:

    Buenos dias,
    Vendí mi piso el 31/03/19 y en el contrato de compraventa firmado ante notario, convenimos que el IBI correspondiente al año 2019 sería a mi cuenta hasta la fecha de la venta y luego éste sería a cargo del comprador. Al tener yo el IBI fraccionado y domiciliado, yo pagué los 4 trimestres y en ese momento le pedí al comprador el pago de lo que me adeudaba por concepto de los últimos 3 trimestres de IBI que le correspondían. A la fecha de hoy, se ha negado a pagarme y yo he agotado los recursos para resolver el tema de forma amistosa. Hasta facilidades le he dado para que me pague. Es una persona joven que trabaja en un banco y que sé que no tiene ningún problema que le impida cumplir con lo que es su obligación.
    Hay más, y es que leyendo el documento de compraventa, observé que había un error: el DNI del comprador es en realidad mi DNI, es decir que el mismo DNI aparece para el comprador y el vendedor que soy yo… No sé que consecuencias puede tener este error… ¿Qué puedo y/o debo hacer ante esta situación?
    Gracias por su respuesta y un saludo cordial…

  13. javier dice:

    Buenos días,

    Tengo intencion de cerrar la compra de una vivienda antes de finalizar el año.
    En mayo cuando venga el recibo del ibi, quien lo paga?
    mi duda es si el Ibi que se cobra en 2021 es del año anterior, es decir el IBI es a año vencido o es del año en curso.
    Si es del año anterior 2020, yo tengo que pagar 1/12 correspondiente mes de diciembre. pero si es del año vigente, al reves tendre que abonarles al ibi de este año 1/12 parte correspondiendo al mes de diciembre

  14. JOTEMOGO dice:

    Hola vendí una casa el 30 de enero de 2020 y ahora me quieren cobrar todo el año completo que tendría que hacer para pagar lo que me corresponde por mi parte y que puede pasar si no lo pago etc.

  15. Isabel dice:

    Buenas noches,
    Me divorcié hace 3 años y dejé que mi expareja se quedará 2 años, mientras buscaba otro sitio, en la casa que teníamos en común en regimen de condominio. Esto se plasmó en un auto judicial. Durante ese periodo, él pagó el IBI íntegro aunque la propiedad fuera al 50%. Pasados los 2 años ( octubre 2019) y no irse, tuve que desahuciarlo con policia incluido (febrero 2020) . Con posterioridad, en julio 2020 le vendí mi parte de la casa. En dicho acto se firmo la disolución de condominio así como la venta de mi parte de inmueble, firmando ambos un documento diciendo que no nos debiamos nada. En diciembre llega el IBI y el ayuntamiento me envía a mi la carta del pago del 50%. Mi expareja dice que él sólo va a pagar su 50% y que el año que viene ya pagará el 100%. Yo considero que no he de pagar nada ¿ que pasa si no pago? ¿ pueden ir contra mí el ayuntamiento? ¿ existe alguna forma de aclararlo y se lo giren a él todo ?

  16. Francisco dice:

    Hola yo voy a comprar una vivienda el 22 de Diciembre del 2020 para otro año tengo que pagar la contribución ?

  17. Manuel Alfonso dice:

    Mi pregunta:
    Vendi cochera el 27 de diciembre de 2019.
    Me pasaron el IBI del año 2020, hice escrito reclamación.
    Me volvieron a pasar el recibo del IBI ya subido, volvi a mandar escrito de reclamación, con escritura compraventa incluida.
    En diciembre me embargan.
    Mande recurso de reposición, donde reflejo que no me contestaron a ninguna reclamación adjunto sello de entrada de las dos reclamaciones. a ver lo que pasa, pero de momento se han cobrado en el embargo.

  18. Alba dice:

    Buenas noches. He comprado una vivienda y para poder escriturar me exigen una provision de fondos para pagar el IBI de 2021. Sin embargo en el contrato hay dos cláusulas que creo que me eximen de este pago.
    Por un lado el contrato indica que la parte vendedora se hará cargo del IBI hasta que se produzca el cambio de titularidad en el catastro. Y por otro indica que se hará cargo la parte compradora del IBI devengado el 1 de enero siguiente a la firma de la escritura.
    Pueden exigirme ese dinero para pagar el IBI?

    Muchas gracias.

  19. Mariano dice:

    Tengo una duda sobre quién debe pagar el IBI de una vivienda rural, vendida en el año 2020, y cuyo comprador no la ha inmatriculado antes del 31 de diciembre. En este caso, no procede la inscripción en Registro de la Propiedad.
    Por otra parte, según el Secretario del Ayuntamiento del pueblo donde se halla la casa, el vendedor no precisa tramitar plusvalía, porque dicha población se haya exenta de este pago. ¿ Esto es así? Gracias por la respuesta de antemano.

  20. CESAR ARIEL dice:

    voy a comprar una casa el 14 de enero de 2021 ahora la vendedora me dice que le debo pagar e IBI mi pregunta es el IBI que cobran en 2021 es del año anterior? es decir del 2020? por que si es asi yo debo pagar el primer IBI en el 2022 no se si estoy equibocado muchas gracias

  21. Beatriz dice:

    No me qda claro ..he vendido un piso febrero 2020 y me ha llegado el IBI con recargo de ese año pues pensé q eso pasaría a nombre del comprador automáticamente con la venta y la inmobiliaria me dice tengo yo la obligación de pagarla por estar mes y medio a mí nombre q hago

  22. Rocío dice:

    Duda el ibi que se paga en octubre del 2020, es por el uso en 2021?

  23. Maria dice:

    Buenas tardes, tengo una duda mis primos y mi madre tenían una herencia de un solar al 50% ese solar mis primos lo vendieron sin consentimiento de mi madre, puede el comprador escriturar a su nombre? Y si es así, porque llevamos nosotros pagando el ibi de dicho solar y en el registro civil, no aparece este señor como propietario.

  24. Lolita Dominguez dice:

    Entro en concurso de acreedores, venden mi casa en subasta, y hay pendientes cuatro recibos de IBIS, el comprador se ha e cargo de dichos recibos, lo pone en la escritura de compraventa. ¿ Podrian cobrermelos a mí, puesto que estaban a mi nombre? Gracias.

  25. Elizabeth dice:

    Hola, tengo un piso q tengo embargado por el banco, he llegado a un acuerdo con él y lo vendo y ellos se quedan con el dinero y me dejan libre de todo. Per me dicen q el ibis q se debe (mas de 6 años) y la comunidad (tb 6años) no se paga hasta después de la firma ante notario porque hacen una provisión de fondos y se paga después.
    Eso es así? O me están engañando
    Gracias

  26. Carmen dice:

    He firmado la compra de la vivienda en febrero de 2021, tengo que pagar el IBI. Vivo en Jerez de la frontera, Cádiz . Gracias

  27. Tamara dice:

    Hola, compre mi piso el 15 de febrero y en el registro el 12 de abril. El anterior dueño me reclama la parte proporcional, ¿que meses me corresponde?

  28. Ainhoa gomara dice:

    Buenas tardes.
    Compré mi casa, osea firmamos, el 28 de mayo de este año (2021).
    Y ya esta llegando el ibi basura etc. Y le ha llegado a la antigua dueña y quería saber como corresponde el pago etc. Agradeceria la ayuda, si me pudieran responder al correo, muchas gracias.

  29. Mary loli dice:

    Buenas noches, vendí una casa unifamiliar en noviembre del año pasado y ahora me ha venido el recibo del IBI del club social puesto que pagábamos dos recibos, uno de la casa y otro que corresponde a la parte proporcional del club social y terrenos integrados en la urbanización.
    El de 2020 pague los dos recibos sin reclamarle nada al comprador, ya que los dos últimos meses le correspondían a el.
    Ahora he recibido el IBI del club social cuya venta está en la escritura de compraventa incluido.
    El IBI de la casa unifamiliar no me ha llegado.
    El catastro debía mandarle al comprador los dos recibos.
    Como yo no vivo en la misma provincia, no tengo medios para localizar a los propietarios actuales ni puedo ir.
    Si no lo pago qué problemas tendría yo al estar a mi nombre el recibo?
    Gracias

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