¿Qué es el arbitraje?
Vía pactada para la resolución de un conflicto, que es ajena a la jurisdicción de carácter ordinario.
Para los que somos ajenos a la teoría del Derecho, nos es complicado comprender cómo funciona el arbitraje. Hemos escuchado hablar de él en decenas de informativos y periódicos, pero, ¿en qué consiste en realidad? Como se trata de una figura a la que se recurre con cierta asiduidad dentro del mercado inmobiliario, creemos conveniente explayarse al respecto.
¿Qué es el arbitraje?
A grandes rasgos, la figura del arbitraje en el marco del derecho se refiera a una vía para resolver un litigio, sin acudir a la jurisdicción de carácter ordinario.
Para adoptar este mecanismo es necesario que las partes lo decidan de mutuo acuerdo. De la misma manera, tendrán que nombrar a un tercero independiente, que será el árbitro o el tribunal de arbitraje, quien tendrá en su mano la potestad de resolver el conflicto por el que hayan llegado hasta este mundo. Vaya, como cuando te peleabas con tu hermano y acudías a papá o a mamá para que decidiera quién de los dos tenía la razón.
Más allá de ello, este tercero independiente verá limitada sus capacidades. Es decir, únicamente podrá decidir en el marco de actuación que le hayan proporcionado las partes. Sin tener la libertad de ir un poco más allá, en ningún caso.
Se escoge esta vía en numerosas ocasiones porque es más rápida, flexible y permite a las partes pactar los costes a asumir.
¿Puedo acudir a la jurisdicción ordinaria tras optar por el arbitraje?
La respuesta es negativa. Si el arbitraje se realiza conforme a Derecho, entonces esta práctica va a sustituir al papel que desarrolla la jurisdicción ordinaria en sí misma. Por tanto, esta no llegará a conocer del litigio.
No obstante, en el caso de que sea necesaria la intervención de las autoridades para el cumplimiento del fallo del arbitraje o se quiera impugnar por motivos de forma y procedimiento, pero nunca de fondo.