Cuánto es la cuota de autónomo que tiene que pagar el Agente Inmobiliario cada mes y cómo reducirla

Hay un tema que hemos evitado lo máximo posible. Entiéndenos. Desde luego, nuestro objetivo no ha sido nunca sorberte, cual vampiros, las ganas de que te conviertas en agente inmobiliario, pero en algún momento teníamos que alcanzar este punto. Toca hablar de la criptonita de cualquier superhéroe que puebla las calles española, un villano tétrico con el que ningún protagonista de cuento ha podido jamás: la cuota de autónomo. Hoy te explicamos cuánto tienes que pagar por ejercer tu actividad profesional en este sector.

La cuota de autónomo del agente inmobiliario

¿Tienes que pagar obligatoriamente la cuota de autónomo como agente inmobiliario?

A ver, a ver, que no queremos que nos malinterpretes. No. No tienes que pagar en cualquier caso esta obligación fiscal. Si desempeñas tu labor como agente inmobiliario por cuenta ajena, evidentemente, no vas a tener que hacerle frente. Sin embargo, nosotros sabemos que si te has establecido como tal es porque quieres trabajar con los clientes que tú deseas, contigo como único jefe, ¿verdad?

Pues eso, que toca ponerse manos a la obra. Nunca te dijeron que fuera fácil (y si lo hicieron, mentían). Así que, si esta es la partida, mejor que conozcas las normas y sepas cómo jugar tus cartas.

¿Cuánto tiene que pagar un agente inmobiliario como autónomo en España?

¿Cuánto tiene que pagar de cuota de autónom,o un agente inmobiliario?

Cuando hablamos de la cuota de autónomos de un agente inmobiliario en España, resulta fundamental que distingamos entre dos ideas distintas:

  • Cuota de autónomo. Todo profesional que ejerza por cuenta propia tiene que pagar una cuota mensual de 278,27 euros. Esta, a su vez, se ha visto bonificada con una reducción hasta los 50, durante los dos primeros años de profesión, para todo aquel que se dé de alta por primera vez.
  • Tributación. Además de la cuota, el autónomo tiene que afrontar otro pago. Este es el famoso tramo donde puede escoger entre diferentes cantidades. De esta manera, en la actualidad el tramo más bajo es el de 932,70 y, el más elevado, 3803,70.

Toda la información que te desglosamos es la que está vigente en el año 2018. Nos gustaría poder ofrecerte todas las actualizaciones de cara a 2019, pero es que no existen. Es decir, si no se aprueban los Presupuestos Generales del Estado, que parece complicado, la verdad, se prorrogarán estas normas y seguiremos con las mismas reglas de este partido.

¿Qué novedades se rumorean para 2019?

Aunque no podamos confirmarte que esto es lo que vaya a suceder, por lo menos sí que podemos resumirte cuáles son las intenciones sobre las que se ha pronunciado Pedro Sánchez y su Gobierno. No obstante, te advertimos que las tomes con pinzas, que ya vimos qué sucedió con la información que prefirió guardarse para sí mismo con el tema del IAJD.

De esta manera, Pedro Sánchez ha manifestado sus intenciones de revolucionar el sistema fiscal de los autónomos. Así, se ha pronunciado a favor de un sistema de cotización ajustado a los ingresos totales. Es decir, el modelo que existe en otros países, como Portugal. Y que parece mucho más equitativo y justo con los trabajadores por cuenta propio.

Además, también ha afirmado que todo aquel que no alcance el Salario Mínimo Interprofesional tampoco tendrá que pagar la cuota mensual de los autónomos. Una noticia que sería un bálsamo de oxígeno para muchos profesionales del sector.

De todas maneras, hasta que se alcance un acuerdo para los Presupuestos Generales del Estado, todo seguirá igual. Por ende, lo mejor es que te aprendas esta información, que el trámite va para largo.

4 thoughts on “Cuánto es la cuota de autónomo que tiene que pagar el Agente Inmobiliario cada mes y cómo reducirla

  1. Marcos dice:

    Hola
    La tributación que hacen referencia, la de 932,70 y, el más elevado, 3803,70. Que es y estas cuantías cada cuanto se pagan?
    Gracias

    1. Carmelo Ángel Beltrán Martínez dice:

      Buenos días, Marcos:

      Cuando te das de alta como autónomo decides cuánto quieres pagar y en función de ello tendrás más o menos prestaciones en situaciones como una incapacidad por enfermedad.

  2. noelia dice:

    Sabéis en que epígrafe habría que estar dado de alta, para poder desgravar los gastos del vehiculo y gasolina.

    1. Carmelo Ángel Beltrán Martínez dice:

      Buenos días, Noelia:

      Es indiferente. Solo necesitas justificar que sí que son necesarios para tu trabajo.

      ¡Un saludo!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *