¿Qué es un auto judicial?

Resolución de carácter judicial, a través de la cual un órgano judicial se pronuncia sobre la petición de una de las partes y resuelve las incidencias pertinentes. Esto es, no actúa sobre el asunto principal que ha llevado al inicio del litigio, pero sí sobre cuestiones anexas que puedan surgir durante su desarrollo.

¿Alguna vez te has sentido perdido al leer las noticias de actualidad? Cuando aparecen términos que desconocemos es habitual. Quizá nos suenan, pero si nos somos capaces de identificar con precisión qué significan, al final no nos enteraremos de la misa la mitad. En esta entrada del glosario te queremos explicar qué significa exactamente el término auto judicial. Seguro que por lo menos te vale para ser un poco más interesante con tus amigos el próximo viernes tomándote una cerveza.

¿Qué es un auto judicial?

Un auto judicial es una resolución de carácter judicial, a través de la cual un órgano judicial se pronuncia sobre la petición de una de las partes y resuelve las incidencias pertinentes. Esto es, no actúa sobre el asunto principal que ha llevado al inicio del litigio, pero sí sobre cuestiones anexas que puedan surgir durante su desarrollo.

¿Y en cristiano?

Una vez que tienes la definición en tu mano, ahora queremos explicártelo con más detalle y, si puede ser, en un idioma que todos comprendamos. El derecho tiene estas cosas, que se escribe en español, pero que cuando te lo cuentan parece una lengua perdida de la Torre de Babel.

El auto es un tipo de resolución judicial, así que lo primero que tienes que conocer es que un tribunal no solo cuenta con la potestad para sentenciar, sino que durante un proceso puede tomar otras decisiones. Esta es una de ellas. Y, como el resto, tiene que estar acompañado de un razonamiento jurídico. Es decir, con una argumentación basada en hechos acontecidos y en fundamentos jurídicos.

¿Qué tipos de autos existen?

¿Te pensabas que te ibas a librar de conocer una serie de tipologías sobre el auto judicial? Pareces nuevo. Cuando se trata de términos jurídicos, lo sencillo no es una opción. Así que los diferentes tipos que puedes encontrar son:

  • Sustanciación. Decisiones sencillas que no requieren una motivación. Su repercusión en el proceso es nimia.
  • Motivados. Su trascendencia es clara. Por ende, necesitan una justificación detrás. Tienen la facultad de cambiar situaciones procesales y extraprocesales.

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